En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano KERVIN JOSÉ PERDOMO PARGAS, titular de la cédula de identidad Nro. 20.390.797, asistido por los ciudadanos OMAR JOSÉ TINEO CALZADILLA, EDUARD ASDRUBAL OVALLES SALAS y YESSY CAROLINA ACOSTA LÓPEZ, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo los Nros. 131.030, 145.847 y 173.096, contra República Bolivariana de Venezuela por órgano del CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA (C.P.N.B.) y en consecuencia, se declara valido el Acto Administrativo de destitución del querellante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL CONTROL DE SENTENCIAS DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Octavo Contenci.....