Se Admite y se Homologa el Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por la abogada CAROLINA MERCEDES GONZALEZ GUEVARA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y sucrito por los ciudadanos WINKLER JOSE SAAVEDRA PACHECO y YOLMELYS MAIRETH GONZALEZ FINAMORE, actuando en su condición de padre y representantes legal de la niña SE OMITE SU IDENTIDAD de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, suscrito por los progenitores de la niña ante mencionada, en fecha 11 de Diciembre de 2013, ante la referida Fiscalía, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada.