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RESOLUCIONES
REDISTRIBUCION DE ASUNTOS

SEGÚN RESOLUCION N° 002-2011 DE FECHA 15/11/2011. DURANTE LOS DIAS 22, 23, 24 Y 25 DE NOVIEMBRE DE 2011 NO HABRÁ DESPACHO EN EL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO YARACUY, CON MOTIVO DE ESTARSE LLEVANDO A CABO REDISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN.-

Desde 22/11/2011 al 25/11/2011
Dirección: CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS. NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO YARACUY
Mas Información

San Felipe, 15 de noviembre de 2011
Años: 201° y 152°

RESOLUCION Nº 002-2011

CONSIDERANDO:

Que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la Abogada ANILEC SILVA CAMACARO, lleva un inventario de causas equivalente a 4.260, con un número de 3.143 asuntos en trámite, una agenda de audiencias iníciales y prolongadas previstas hasta el 14 de febrero de 2012, a pesar de la fijación de cinco audiencias diarias.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 2011-0008 de fecha 16 de marzo de 2011 dictada por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se modificó la competencia de los Tribunales que conforman este Circuito Judicial, atribuyendo al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación el conocimiento del Nuevo Régimen Procesal y la asignación de funciones de Mediación y Sustanciación a los Tribunales de Juicio, denominados: Tribunal Tercero y Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.

CONSIDERANDO:

Que al Magistrado Juan Rafael Perdomo, en su condición de Coordinador de la Comisión para la Reforma e Implantación de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se le ha informado la situación del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Estado e incluso en la XX Reunión de Coordinadores de Protección a Nivel Nacional, celebrada en la ciudad de Caracas el pasado día 21 de octubre de 2011, en la que estuvo presente la Abogado JHOLEESKY VILLEGAS ESPINA, en su condición de Jueza Rectora del Estado Yaracuy, se ratificó la existencia de un volumen de audiencias fijadas, por fijar, por celebrar y del número de asuntos llevados por el mismo.

CONSIDERANDO:

Que habiendo evaluado la situación del Tribunal, el Magistrado Juan Rafael Perdomo, Coordinador de la Comisión para la Reforma e Implantación de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, consideró pertinente adoptar como medida para impedir cualquier retardo, la redistribución de causas del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, entre el resto de los Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, en cumplimiento de la Tutela Judicial Efectiva.

CONSIDERANDO:

Que el Magistrado Juan Rafael Perdomo, en su condición de Coordinador de la Comisión para la Reforma e Implantación de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, facultó a la Coordinación de este Circuito Judicial a redistribuir en forma equitativa las causas del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación entre todos los Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito, incluyendo al referido Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación, así como adoptar las medidas que resulten necesarias para tal fin.

CONSIDERANDO:

Que, en ese sentido y con la finalidad de llevar a cabo la redistribución de expedientes del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, se analizó la carga de los asuntos en trámite y en fase de ejecución llevados por los Tribunales de Mediación y Sustanciación de este Circuito, registrando los siguientes números: el Tribunal Primero 3.078, el Tribunal Segundo 879, el Tribunal Tercero 873 y el Tribunal Cuarto 830, según la información aportada por cada Tribunal mediante oficios de fecha 19 y 20 de octubre de 2011.

CONSIDERANDO:

Que realizado el análisis de los datos aportados, ésta Coordinación con el aval de la Rectoría de este Estado, se pronuncian por la redistribución de los asuntos en trámite y en ejecución permanente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, sin