REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 27 de Septiembre de 2024
AÑOS: 214º y 165º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, YEXY RAFAEL ÁVILA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.369.693, residenciado en el sector carrizalito, calle 3, entre avenida 5 y 6, San Pablo, del municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y FRANCISCO FLORES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.461.233, residenciado en el sector carrizalito, calle 2 y 3, Avenida 7, San Pablo, del municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad privada según se desprende de Documento Protocolizado por ante la oficina Subalterna del Registro Público del Distrito Sucre, bajo el N° 47, folio N° 181 al 183, Protocolo Primero 1er Trimestre del año 7/05/2005. Según Inspección Ocular 2024 de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad, Dirección de Ingeniera y Catastro Municipal, de fecha 24 de Septiembre 2024, el cual posee un área total de terreno de QUINIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTÍMETROS (517.83Mts2), ubicado en la calle N° 2, entre Avenida 2 y calle José Gregorio Hernández, sector Agua Blanca, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área de construcción de una vivienda (Interés Social), de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (63,00 MTS2), área de construcción del anexo de OCHENTA METROS CUADRADOS CON VEINTIDÓS CENTÍMETROS (80,22 MTS2), y área de construcción del corredor de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (32,00 MTS2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle N° 2, con una longitud de (13,56mts). SUR: Avenida N° 2, que es su frente, con una longitud de (15,10mts). ESTE: Calle N° 2, con una longitud de (36,37mts), y OESTE: Casa y solar Señor Ismael Rojas, con una longitud de (35,96mts), el cual tiene un valor aproximado de VEINTE MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (20.000,00 Bs), a favor del ciudadano GILBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.183.832, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO ETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT