REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 11 de Abril de 2025
AÑOS: 214º y 166º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, Francisco Flores, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.461.233, residenciado en el sector carrizalito, calle 2 y 3, avenida 7, San Pablo del municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y Nelson Eduardo Piñango Rodríguez, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.003.184, residenciado en el sector Centro, calle 7, entre avenida 5 y 6, San Pablo del municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno de Propiedad del Municipio Arístides Bastidas, según documento N°4, Folios 06 a 09, Protocolo Primero, 4to Trimestre del año 1901, así con documento 37, Folios 231, Tomo I, del Protocolo del año 2024, registrado por ante la oficina de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas, según Informe de Inspección de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Arístides Bastidas, Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Catastro Tierras Urbanas Periurbanas, DSUR-CATST-07/04/25.0027, de fecha 07 de Abril 2025, el cual posee un área total de terreno de VEINTE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTÍMETROS (20,38Mts2), ubicado en la Avenida 03, entre calles 05 y 06, Sector Centro, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área de construcción de VEINTE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTÍMETROS (20,38Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Avenida 03, que es su frente, con una longitud de 3,16Mts. SUR: Casa y solar de Jesús Alejos, con una longitud de 3,16Mts. ESTE: Casa y solar de Alecia Herrera, con una longitud de 6,45Mts. y OESTE: Local comercial Tven cable, con una longitud de 6,45Mts, se trata de unas bienhechurías el cual tiene un valor aproximado de CIEN MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (100.000,00 BS), a favor del ciudadano Miguel Ángel Suárez Torrealba, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.727.024, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO ETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT