REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 12 de Agosto de 2025
AÑOS: 215º y 166º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, FRANCISCO FLORES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.461.233, residenciado en el sector carrizalito, calle 2 y 3, avenida 7, San Pablo del municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y NELSON EDUARDO PIÑANGO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.003.184, residenciado en el sector Centro, calle 7, entre avenidas 5 y 6, San Pablo, del municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría en un terreno de propiedad municipal, con Código Catastral N° 22-07-00-URB-015-005-020 según se desprende de Documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Distrito Sucre bajo el N°41, Folio N23 al 24, Protocolo Primero, 2 Trimestre del año 30/05/1.907, según Inspección Ocular, de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad, Dirección de Ingeniería y Catastro Municipal, de fecha 5/8/2025, el cual posee un área total de terreno de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTÍMETROS (356,81 Mts2), ubicado en la Avenida Miranda entre calles 24 y 24-B, Sector Palito Blanco, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con una área de construcción de la vivienda de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE CENTÍMETROS (113,77 Mts2), y área de construcción del corredor de TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (30.45 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Hilarci Fuentes. SUR: Avenida Miranda. ESTE: Angélica Sánchez. OESTE: Avenida Miranda., se trata de una vivienda de índole particular con un anexo que tiene un valor aproximado de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (252.000,00 Bs), a favor de la Ciudadana DAINI MERCEDES FUENTES DE CHÁVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.912.835, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO ETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT