REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 3 de diciembre de 2025
Años: 215º y 166º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana RODRÍGUEZ ARAUJO JANETH COROMOTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 17.813.869, debidamente asistida por la abogada GARCÍA ILARRAZA NIGDALIA YAQUELIN, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 308.086, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas CAMACARO ARTEAGA EULOGIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, y titular de la cédula de identidad Nº 20.700.398, domiciliada en el Asentamiento Campesino Divino Niño, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y CAMACHO SALAS ELIANA YARIDETH, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 21.301.205, domiciliada en el Asentamiento Campesino Divino Niño, calle 2, Higuerón, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana RODRÍGUEZ ARAUJO JANETH COROMOTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 17.813.869, sobre las bienhechurías construidas sobre un área de terreno propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), con un área que mide doscientos sesenta y dos metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros (262,85 MTS2), con un área de construcción que mide cien metros cuadrados con diecisiete centímetros (100,17 MTS2), ubicado en el Asentamiento Campesino Higuerón, sector Divino Niño, calle 2, con calle 3 Principal, municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes en un (1) inmueble (vivienda), con las siguientes características: construida con bloques de concreto, techo de acerolit, piso de cemento pulido, frisada en su interior y distribuida de la siguiente manera: tres (3) habitaciones, una de ellas con closet de cemento, dos (2) salas, un (1) baño con sus accesorios, una (1) cocina empotrada en cerámica, un (1) porche; y alinderadas de la siguiente forma: Norte: calle 3 (Principal), con 12,20 MTS; Sur: Iglesia Evangelista Pentecostés Nueva Canal con 14,00 MTS; Este:calle 02, que es su frente, con 21,00 MTS; y Oeste: casa de Anacleta Mora, con 19,25 MTS. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.