REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 18 de Diciembre de 2025
AÑOS: 215º y 166º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos RUBEISI GABRIELA SÁNCHEZ CAMACHO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.303.302, residenciada en la Calle Principal, Sector La Esmeralda, Boraure del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y SEGUNDO RAFAEL SILVA GALIANO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.517.187, residenciado en la Calle Molino, Sector Palito Blanco, Boraure del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría en un terreno de propiedad Municipal según se desprende Documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Publico del Distrito Sucre bajo el N° 41, Folio N° 23 al 24, Protocolo Primero, 2 Trimestre del año 30/05/1.907, según Inspección Ocular 2025 de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad, Dirección de Catastro, Estado Yaracuy, de fecha 11 de Diciembre 2025, Código Catastral N° 22-07-00-URB-015-005-004, el cual posee un área total de terreno de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTÍMETROS (291,53 Mts2), ubicado en el sector el Molino II, Palito Blanco, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área de construcción de la casa particular de CIENTO SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (106.45Mts2), y un área de construcción de un anexo de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTÍMETROS (32.53mts2), para un área total de construcción de CIENTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTÍMETROS (138.98 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle El Molino. SUR: Casa y solar del señor Ángel Camacaro. ESTE: Calle El Molino. Y OESTE: Casa y solar del señor Sixto Cabello. Sobre su superficie existen tres (3) construcciones una casa de índole particular, un anexo y un corredor techado, que tiene un valor aproximado de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 950.000,00), a favor de la ciudadana, FRANCELYS DANIELA ALMERÓN QUIROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.785.792, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Abg. JACQUELINE DE LAS MERCEDES OVISPO
En esta fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Abg. JACQUELINE DE LAS MERCEDES OVISPO