REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 10 de febrero de 2025.
Años: 214º y 165º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ALEXANDER JOSÉ LISCANO ANTILLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-30.607.807,domiciliado en la calle10, entre carreras 13 y 14, sector Centro la Rural 102, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy y seguidamente en la misma fecha comparece ante este Tribunal, la ciudadana AURA EMILIA VÁZQUEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.452.280, domiciliada en la Urbanización Daniel Carias, carrera 3, entre calles 7 y 8, sector Daniel Carias, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana: LUZMERLYS DEL CARMEN PARADAS NIEVES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.438.131, en su condición de hija de la de cujus, ALBERTINA NIEVES, quien en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-4.732.981, la cual falleció ab-intestato, a consecuencia de CÁNCER DE PÁNCREAS el día siete (07) de junio de 2022, en el AMBULATORIO Dr. GAETANO MATAROZZO, de Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, según consta en acta de defunción Nº 55, folio 055, tomo I, año 2022, emitida por el Registro Civil del Municipio Peña del Estado Yaracuy, de fecha 15 de junio de 2022.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En Yaritagua a los diez (10) días del mes de febrero del año Dos Mil Veinticinco (2025). Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Abg. EMILETH SOFÍA ARENAS DE PINEDA
La Secretaria Temporal,
Abg. VANERYS Y. ALVARADO M.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria Temporal,
Abg. VANERYS Y. ALVARADO M.
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