REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 18 de febrero de 2025.
Años: 214º y 165º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSÉ RAMÓN SALAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-7.315.800, domiciliado en la calle 10 esquina carrera 4, Prado del Norte, El Cují, Barquisimeto Municipio Iribarren, Estado Lara y ARIEL FRANCISCO RAMIREZ GALLARDO, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-7.379.011, domiciliado en la calle 4, entre carreras 2 y 3, casa Nº 2-30, Urbanización Jacinto Lara del Este de Barquisimeto Municipio Iribarren, Estado Lara, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana FANNY DORIGLET DÍAZ GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, soltera y titula de la cédula de identidad Nro. V-12.371.834, en su condición de hermana del de cujus, TEDDY DOMINGO DÍAZ GUTIÉRREZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.371.833, el cual falleció ab-intestato, a consecuencia de INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO, INSUFICIENCIA HITRAL MODERADO POR DILATACIÓN, HIPERTENSIÓN PULMONAR, en el ambulatorio DR. GAETANO MATAROZZO, el día treinta (30) de agosto de 2022, según consta en acta de defunción Nº 074, folio 074, Tomo I, Año 2022, emitida por el REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL DEL MUNICIPIO PEÑA, DEL ESTADO YARACUY, de fecha treinta y uno (31) de agosto de 2022.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En Yaritagua a los dieciocho (18) días del mes de febrero del año Dos Mil Veinticinco (2025). Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Abg. EMILETH SOFÍA ARENAS DE PINEDA
La Secretaria Temporal,
Abg. VANERYS Y. ALVARADO M.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria Temporal,
Abg. VANERYS Y. ALVARADO M.
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