REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 12 de Junio de 2025
AÑOS: 215º y 166º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, Beatriz del Carmen Albarez de Domínguez, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.081.412, residenciada en la Calle El Cementerio, Sector Calle Nueva, Guama, del municipio Sucre del Estado Yaracuy, y Yuleczy Mariely Valero Guerra, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.710.083, residenciada en la Calle El Cementerio, Sector Vía Panamericana, Guama, del municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno Propiedad Privada, conforme al documento de Propiedad Protocolizado ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, bajo el N° 23, Folios 121 al 125, Protocolo Primero, Tomo X, de fecha 02 de Diciembre del año 2013, bajo el Informe de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre, Dirección de Catastro, CC-I-021-02/25 de Fecha 13 de Febrero del 2025, el cual posee un área total de terreno de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTÍMETROS (428,24 Mts2), ubicado en la calle El Cementerio, Casa S/N, Sector Calle Nueva, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con una área de construcción de la vivienda de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE CENTÍMETROS (62,37 Mts2), área de construcción de anexo 1 de SESENTA Y DOS METROS DE CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTÍMETROS (62,88 Mts2), área de construcción de anexo 2 de VEINTE METROS DE CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (20,44 Mts2) y área de construcción de anexo 3 de TRECE METROS DE CUADRADOS CON QUINCE CENTÍMETROS (13,15 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Paso de servidumbre, Casa del Sr. Nelson José Gutiérrez Sánchez, Casa y solar de la Sra. Roxana Campos. SUR: Paso de servidumbre, Casa de la Sra. Arelis María Gutiérrez Sánchez, Casa y solar del Sr. Jerry Martínez. ESTE: Zanjón Municipal. y OESTE: Calle Nueva, se trata de una bienhechuría el cual tiene un valor aproximado de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DE BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (250.000,00 Bs), a favor de la ciudadana Rosa Mercedes Sánchez de Gutiérrez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.569.085, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO ETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT