REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 14 de Mayo de 2025
Años: 215º y 166º
Vista la solicitud presentada a los fines de su distribución; y cumplidos los trámites respectivos le correspondió a este Tribunal la presente solicitud, recibiéndose formalmente en este Juzgado sus originales, en fecha dieciocho (18) de Junio del Dos Mil Veinticuatro (2024), presentada por la ciudadana LUCIA MERCEDES PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.963.669, asistida en este acto por el abogado FÉLIX ANTONIO RIVAS PEÑA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 305.360, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ALEJANDRO JUNIOR MORENO APONTE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-31.630.787, residenciado Final Avenida El Cementerio, frente a la panamericana, Sector Cementerio, Guama, del Municipio Sucre del Estado Yaracuy y BETSSI NORELIS TORREALBA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.505.853, residenciada en la Calle 8, entre avenidas 7 y 8, casa N° 90, Sector Ruiz Pineda, San Pablo, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus; EMILIO JOSÉ ORELLANA LOZADA, quien en vida fue Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.566.469, quien falleció ab-intestato, en fecha 27 de Septiembre 2022, según consta en copia debidamente certificada en el acta de Defunción signada con el Nº 49, folio 50, Tomo I, año 2022, emanado de la Dirección de Registro Civil, Municipio Sucre, Estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a su esposa e hijos ciudadanos: LUCIA MERCEDES PIÑA (Cónyuge), PETRA YNES ORELLANA PIÑA, EMILY LUCIA ORELLANA PIÑA Y PRISCILO VICENCIO ORELLANA PIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-4.963.669, V-12.076.960, V-12.727.551 y V-14.211.205, respectivamente, quedando facultados fidedignamente para presentarse ante las Autoridades como Legítimos Sucesores del Causante ut supra mencionado. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada como lo solicitó, déjese copia en el archivo del Tribunal.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO EL SECRETARIO,
ABG. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se devuelve Original con sus resultas, constante de Veintisiete (27) folios útiles a la parte interesada.-
EL SECRETARIO,
ABG. VILLASMIL ANTONIO PETIT