REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 20 de Noviembre de 2025
AÑOS: 215º y 166º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos FRANCISCO FLORES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.461.233, residenciado en el sector Carrizalito, calle 2 y 3, avenida 7, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy y NELSON EDUARDO PIÑANGO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.003.184, domiciliado en el sector Centro, calle 7, entre Avenidas 5 y 6, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno de propiedad del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, según Documento N°4, Folio N° 06 al 09, Protocolo Primero, 4to Trimestre del Año 1.901, así como documento 37, Folios 231, Tomo I, del Protocolo año 2024, Registrado por ante la Oficina de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, según Informe Técnico, de fecha 28 de Octubre de 2025, dicho inmueble no posee Cédula Catastral, el cual posee un área total de terreno de TRESCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (305,76Mts2), ubicado en la Avenida 2, entre calles 07 y 08, Sector Centro-San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con una área total de construcción de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (272,63 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Ambulatorio Ramón Garcés, con una longitud de 13,65 Mts. SUR: Avenida 02 que es su frente, con una longitud de 13,65Mts. ESTE: Calle de Servicio Ambulatorio, con una longitud de 22,40 Mts. y OESTE: Local y terreno Petra Quero, con una Longitud de 22,40Mts, que tiene un valor aproximado de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00), a favor de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ARÍSTIDES BASTIDAS DEL ESTADO YARACUY, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT