REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 5 de Noviembre de 2025
AÑOS: 215º y 166º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos JUAN MARÍA RÍOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.771.954, y domiciliado en la Calle 7, Sector Pueblo Nuevo, Boraure, municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y PAOLHA ALEJANDRA PÉREZ QUIROZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-28.453.220, y domiciliada en la Calle 11, Sector La Manga, Boraure, municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría en un terreno de propiedad Municipal según se desprende de Documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Distrito Sucre bajo el N° 41, Folio N° 23 al 24, Protocolo Primero, 2 Trimestre del año1.907, según Inspección Ocular 2025 de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad, Dirección de Catastro Estado Yaracuy, G20000604-8, de fecha 15 de Octubre de 2025, Código Catastral N° 22-07-00-URB-007-014-019, el cual posee un área total de terreno de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (63,76Mts2), ubicado en la Avenida Bruzual con calle N° 9, Sector El Lochal, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con una área total de construcción de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (63,76Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle N° 9. SUR: Avenida Bruzual. ESTE: Avenida Bruzual. Y OESTE: Avenida N° 3, se trata de una vivienda particular, que tienen un valor de UN MILLÓN CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 1.050.000,00), a favor de la ciudadana TERESA DEL VALLE PÉREZ DE MARCANO, titular de la Cedula de identidad Nº V-7.558.987 Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO ETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT