REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 1 de octubre de 2025
Años: 215º y 166º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos, suscrita y presentada por el ciudadano GIORDANO MARTINEZ JEAN FRANCO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidadN°26.224.165, asistidopor el abogadoFUENTES CAMPOS WILFREDO JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 179.435, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanosSALAS OVIEDO JOSÉ ALEJANDRO,venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 31.449.708, domiciliado en la avenida Rodolfo Domador Pineda, calle Principal, casa N° 14, municipio Independencia, estado Yaracuyy GRANADO GOYO HILKEN GABRIEL,venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 30.426.574, domiciliado en la avenida Rodolfo Domador Pineda, calle Principal, municipio Independencia, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano GIORDANO MARTINEZ JEANFRANCO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidadN° 26.224.165, sobre un área de terreno propiedad del INTI, ubicada en la Prolongación de la avenida Libertador con calle principal Las Flores, casa S/N, sector La Ermita Vieja, municipio Cocorote, Estado Yaracuy, que mide ochocientos cincuenta y ocho metros cuadrados con cincuenta y cuatro centímetros (858,54MTS2), y con un área de construcción de ciento veinte metros cuadrados con noventa y tres centímetros (120,93MTS2), y consiste en una (1) casa de paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, una (1) cocina, un (1) baño, dos (2) salas de recibo, dos (2) habitaciones, puertas y ventanas de metal, agua blanca, agua negra, electricidad aérea, cercada de bloques por los costados,alinderado de la siguiente manera: Norte: (29,30 m) Con casa que es o fue de la Familia Timaure; Sur:(29,98 m) Con calle Principal Las Flores; Este: (32,30 m ) Con casa que es o fue de la Familia Timaure; y Oeste: (24,92 m) Con Prolongación de la avenida Libertador, su frente. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez Suplente,

Abg. Luis Fernando Cruz Rodríguez
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.

En esta misma fecha, se devuelve a las partes interesadas, original con sus resultas.
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.