REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 14 de abril de 2026
Años: 215º y 167º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana ACOSTA CHIRINOS DAYSI EDUVIGES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 5.465.357, debidamente asistida por la abogada BLANCO DIÁZ ELIZABETH TIBISAY, inscrita en el Inpreabogado con el N° 200.640, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos GONZÁLEZ AZUAJE FELIX MANUEL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 11.278.367, domiciliado en el sector Savayo, calle Principal, municipio Independencia, estado Yaracuy, y MORA QUINTERO LUÍS FRANCISCO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 15.389.129, y domiciliado en el sector Santa Elena, calle Principal, San Rafael, municipio Independencia, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana ACOSTA CHIRINOS DAYSI EDUVIGES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 5.465.357, sobre las bienhechurías construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, con un área de terreno que mide doscientos setenta y dos metros cuadrados con setenta y ocho centímetros (272,78 Mts2), con un área de construcción que mide cincuenta y seis metros cuadrados con (56,00 Mts2), ubicado en calle La Victoria, sector 14 de mayo, Santa Cruz de Las Mercedes, municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes en unas bienhechurías (casa), con las siguientes características: paredes de bloque, piso de cemento, techo de placa y acerolit, instalaciones eléctricas y sanitarias empotradas, habitaciones, un (1) baño, sala, cocina, patio, área de lavadero, porche, ventanas con protectores de hierro, puerta de hierro, cuenta con los servicios públicos básicos, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Casa y solar que es o fue de Daniela Velásquez, con 18,72 MTS; Sur: Casa y solar que es o fue de Javier Tigrera, con 19,55 MTS; Este: Calle La Victoria que es su frente con 14,50 MTS; y Oeste: Casa y solar que es o fue de Ronny Camacho con 14,00 MTS. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,
Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
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