REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 28 de abril de 2026
Años: 216º y 167º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por el ciudadano LEON SALDEÑO EFRAIN JOSUÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 20.177.127, debidamente asistido por el abogado OJEDA MÉNDEZ AMILKAR ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 130.262, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanos OSUNA SÁNCHEZ OMAIRA ROSA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 12.937.431, domiciliada en la calle Principal, Guaratibana, casa N° 21234, municipio La Trinidad, estado Yaracuy, y LOSADA MEZA SAMUEL ABISAIL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 22.306.978, domiciliado en Santa María, avenida Bolívar, entre calle Yaracuy y Negro Primero, casa N° 22112, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana SALDEÑO ALBERTINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 7.582.380, y quien residía en Guaratibana, calle Principal, casa N° 17604, municipio La Trinidad, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponden a los ciudadanos LEON MORILLO EFRAIN BARTOLO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 10.365.646 y LEON SALDEÑO EFRAIN JOSUÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 20.177.127. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman parte del expediente Nº 5.121-25 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal) y déjense copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.


En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.