REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 8 de abril de 2026
Años: 215º y 167º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadanaBASTIDAS GLADYS JOSEFINA,venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidadN°2.597.906, debidamente asistidapor el abogadoGARCÍA CARLOS ENRIQUE, inscrito en el Inpreabogado con el N° 267.095, y las declaraciones de las testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanosCAMACHO MORENO ARNALDO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 14.209.109, domiciliado en el sector Culantrillo, callejón Los Amigos, municipio Independencia, estado Yaracuyy CANGA IRIARTE LEONARDO FRANCISCO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 15.183.973, domiciliado en Brisas del Yurubí, calle 6, municipio San Felipe, estado Yaracuy,este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor dela ciudadanaBASTIDAS GLADYS JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 2.597.906, sobre un área de terreno municipal, que tiene una extensión de siete mil cuatrocientos setenta y seis metros cuadrados con cincuenta y cinco centímetros (7.476,55 M2), y un área de construcción de ochenta y dos metros cuadrados con ocho centímetros (82,8 M2), ubicado en el caserío Culantrillo, interior de manzana,municipio Independencia, estado Yaracuy, unas bienhechurías con las siguientes características: una (1) casa unifamiliar construida con paredes de bloques, distribuida por: tres (3) habitaciones, dos (2) baños, revestida con cerámicas, cocina, comedor, cuatro (4) ventanas de hierro, cada cuarto con su respectiva puerta de hierro, todo en piso de cerámicas, techo de placa cemento, pozo séptico que sirve de descarga de aguas servidas y un (1) tanque de agua, alinderado de la siguiente manera: Norte: Vía de acceso granja Las Lomas; Sur:Terrenos municipales; Este:Granja Las Lomas; y Oeste: Terreno que es o fue de José Alcala Riera y terreno que es o fue de Alexander Rodríguez. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense ala solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O