Vista la demanda de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por la ciudadana: ADRIANA DEL CARMEN GUTIERREZ TORRES, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº 10.369.974; asistida por el abogado en ejercicio: JESUS RAUL ROJAS ROJAS, (I.P.S.A) 244.890, contra la ciudadana: YETJA MARINA HIM DE CORDERO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V- 3.086.741, domiciliada en la calle 11 entre carrera 09 y canal de servicio de la autopista centro occidental Cimarrón Andresote, Sabana de Parra, municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy, actuando en representación del ciudadano: RAFAEL FABIAN CORDERO HIM, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 11.261.346, domiciliado en Barquisimeto municipio Iribarren, estado Lara; mediante poder autenticado por ante la notaria publica quinta de Barquisimeto estado Lara, Número 55, Tomo 49, Folios 167 hasta el 169, de fecha 05/03/2018, el cual fue registrado por ante el registro público del municipio Palavecino, de Barquisimeto estado Lara, quedo inscrito bajo el número 12, Folio 43, del Tomo 4 Protocolo de Transcripción del presente año respectivamente, de fecha 21/02/2022.