Vista la demanda de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por el ciudadano: RAUL MANUEL LOPEZ GARCIA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 25.928.940; asistido por el abogado en ejercicio: JAVIER JOSE TORREALBA AGUIAR, abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el número (I.P.S.A) 265.547, contra la ciudadana: ARLINE YANEIDA RIVAS LOBO, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 11.274.639, domiciliada en la urbanización Alexis Olmos calle 10 entre carreras 4 y 6 Sabana de Parra municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy. Este Tribunal observa en la presente solicitud donde la mencionada ciudadana ARLINE YANEIDA RIVAS LOBO, ha llegado a un CONVENIMIENTO de mutuo acuerdo, en relación a la solicitud de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO y solicita la HOMOLOGACION del mismo
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