REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, 27 de abril de 2026
Años: 216º 167º
Visto escrito presentado por el ciudadano LUIS DAVID CORRO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.608.487, domiciliado en el municipio Nirgua del estado Yaracuy, asistido por el abogado JOSE REINALDO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.477.240, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.243, domiciliado en el municipio Nirgua estado Yaracuy, los documentos anexos y las de¬claraciones de los testigos jurados ciudadanos FREDDY JOSÉ SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.126.225, de sesenta y cuatro (64) años de edad, soltero y ARISTIDES JESUS MACHADO AGUIAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.650.371, de cincuenta y cuatro (54) años de edad, soltero; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecida en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución N° 2009-000 de fecha 18 de Marzo del 2009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presente actuaciones JUSTIFICATICO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que les corresponde a los LUIS DAVID CORRO HERNÁNDEZ y LUIS IGNACIO CORRO HERNÁNDEZ, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 14.608.487 y V- 14.608.541, en su condición de hijos del causante LUIS BELTRAN CORRO, quien era venezolano, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-8.172.812, fallecido ab intestato, en fecha 12 de enero de 2025, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas al solicitante a los fines de Ley. Déjese copia de esta Providencia.-
Abga. YADIRA OCHOA HENRIQUEZ,
LA JUEZA TEMPORAL
Abga. MARIANGELICA PEREIRA ROA,
LA SECRETARIA SUPLENTE
.-
En la misma fecha se devuelven los originales constantes de veintitrés (23) folios útiles
Abga. MARIANGELICA PEREIRA ROA,
LA SECRETARIA SUPLENTE