REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 10 de agosto de 2026
Años: 216º y 167º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana BARRETO DE GONZÁLEZ MAIRELIS DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 15.850.063, debidamente asistida por la abogada HERRERA PALENCIA DIOS MILDRIZ MILDRED, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 244.809, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas PALENCIA MARTÍNEZ MARÍA ANGÉLICA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 10.861.088, domiciliada en Guarapito, Joval Zaragoza, calle principal callejón N° 1, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y MARTÍNEZ EXPIDIA ANTONIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N°10.861.624, y domiciliada en Guarapito, Joval Zaragoza, calle principal callejón N° 1, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana BARRETO DE GONZÁLEZ MAIRELIS DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N°15.850.063, sobre las bienhechurías construidas sobre un área de terreno propiedad INTI, con un área de terreno que mide mil quinientos sesenta y tres metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros (1.563,89 Mtrs2), con un área de construcción que mide ciento ochenta y un metros cuadrados con siete centímetros (181,07 Mtrs2), ubicado en Guarapito, calle principal, Parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes en un (1) inmueble (casa tipo vivienda), distribuida de la siguiente manera: cuatro (4) cuartos, tres (3) baños con cerámica, una (1) sala, una (1) cocina-comedor, piso de cemento pulido, una (1) área de lavadero, techo de machihembrado, totalmente cercada, instalaciones eléctricas, red de tuberías de aguas blancas y negras, puertas de madera y ventanas de hierro, alinderadas de la siguiente forma:

Norte: calle Los Parceleros; Sur: casa y solar que es o fue de Willian Leal; Este: que es su frente calle 01; y Oeste: callejón Los Parceleros. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
El Secretario Temporal,

Abg. Luis F. Cruz R.


En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
El Secretario Temporal,

Abg. Luis F. Cruz R.