REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 26 de enero de dos mil veintiséis
Año: 215º y 166º
ASUNTO: UP11-V-2025-000407
En cumplimento a lo ordenado en el auto de fecha 19-12-2025 del asunto Nº UP11-V-2025-000673 en la cual acuerda la ACUMULACIÓN DE ACCIONES de la demanda de Colocación en Entidad de Atención, interpuesta por los Consejeros de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Independencia del estado Yaracuy, en beneficio de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, en virtud de la conexidad y la necesidad de garantizar una solución integral y definitiva, ya que el mismo guarda relación con el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, es por lo este Tribunal acuerda agregar el expediente Nº UP11-V-2025-000673, al asunto Nº UP11-V-2025-000407 y se ordena la acumulación de los mismo, todo ello de conformidad con el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil, siendo que este Tribunal conoce de expedientes antes descritos. Así mismo se observa de las actas que conforman el expediente UP11-V-2025-000407, se trata de una colocación en Entidad de atención en la que se evidencia que este tribunal en su oportunidad no dicto la medida en colocación en entidad a favor de la niña de auto, sin embargo se evidencia que el ciudadano Rafael Arcángel Ladino Suarez venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.376.063 solicita la colocación familiar de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),quien se encuentra institucionalizadas en la entidad de Atención Dantas de Yaras, en consecuencia en aras de este tribunal pronunciarse con relación a la colocación familiar solicitada se acuerda oficiar al Equipo Multidisciplinario de este circuito a los fines de que realicen el Informe Integral al ciudadano Rafael Arcángel Ladino Suarez plenamente identificado así como a la niña de autos .- Cúmplase.-
La Juez,
Abg. Rossmary Ceballos Olmos
Secretaría,
Abg.
c.l.-
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