REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 23 de febrero de 2026
Años: 215º y 166º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana ESCALONA ZUÑIGA AMARILYS COROMOTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 6.603.875, debidamente asistida por el abogado BARRIOS BLANCO JERSON JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 316.161, en su carácter de Defensor Público del Estado Yaracuy, con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanos GARRIDO OVIEDO YUVENNY JULIEX, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 17.992.745, domiciliada en Chivacoa, avenida Fermín Calderón con calles 15 y 16, municipio Bruzual, estado Yaracuy, y GONZÁLEZ VELIZ FREDDY DE JESÚS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 10.638.487, domiciliado en Chivacoa, Tamarindo 2, avenida Fermín Calderón, municipio Bruzual, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano CASTILLO QUERALES VICTOR DOMINGO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 10.853.490, y quien residía en Tamarindo 2, calle 16, entre Fermín Calderón, calle I, avenida I, municipio Bruzual, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos ESCALONA ZUÑIGA AMARILYS COROMOTO, CASTILLO ESCALONA VICTOR JOSÉ, CASTILLO ESCALONA JONATHAN JAVIER, CASTILLO ESCALONA MARIVIC YOHANA y CASTILLO ESCALONA LUIS ENRIQUE, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad Nº 6.603.875, 22.312.385, 25.456.559, 25.456.560 y 29.639.189 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante y/o a sus hijos, las presentes actuaciones que forman parte del expediente Nº 5.184-26 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal) y déjense copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.


En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.