REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 12 de febrero de 2026.
Años: 215º y 166º.
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana Dayana Leal, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-13.985.258, debidamente abogada inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 89.921, actuando en representación del ciudadano ANTONIO JOSÉ PINEDA RODRÍGUEZ, venezolano, casado, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. V-7.553.768, según poder debidamente autenticado por ante el Registro Público con funciones Notariales del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 06 de noviembre del 2024, anotado bajo el Nº 29, Tomo 7, Folios 124 hasta 127, del año 2024; sobre unas mejoras a unas bienhechuría ubicada en la avenida 6, entre calles 7 y 8, comunidad Monte Oscuro de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, con un área de construcción general de DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS (204,68 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 6, su frente con una longitud de once metros lineales con setenta y cuatro centímetros (11,74 Ml); Sur: Edificio 3, propiedad de Antonio Pineda con una longitud de doce metros lineales con diecisiete centímetros (12,17 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de Valentín Traviezo, con una longitud de veinte metros lineales con veintisiete centímetros (20,27 Ml) y Oeste: Casa y solar que es ó fue de Carmen Yecerra, con una longitud de veinte metros lineales con veintitrés centímetros (20,23 Ml) y está construida sobre un área de terreno municipal, según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03, emitido por la dirección de catastro de la alcaldía del municipio Bruzual del estado Yaracuy de fecha 05 de febrero de 2025, con un área de construcción que mide SEISCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTÍMETROS (614,04 Mtrs²) dicha área de terreno se encuentra un edificio DISCRIMINADO DE LA SIGUIENTE MANERA: LOCAL Nº 1: constituido por un área de terreno y de construcción de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS (58,94 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 6, su frente, con una longitud de tres metros lineales con ochenta y un centímetros (3,81 Ml); Sur: Edificio 3, Propiedad de Antonio Pineda, con una longitud de tres metros lineales con noventa y cinco centímetros (3,95 Ml); Este: Con local Nº 2, con una longitud de quince metros lineales con diecinueve centímetros (15,19 Ml); y Oeste: Casa y solar que es ó fue de Carmen Yecerra, con una longitud de quince metros lineales con diecinueve centímetros (15,19 Ml), según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03-01, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 05 de febrero de 2025. LOCAL Nº 2: constituido por un área de terreno y de construcción de CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (59,95 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 6, su frente, con una longitud de tres metros lineales con noventa y seis centímetros (3,96 Ml); Sur: Edificio 3, propiedad de Antonio Pineda, con una longitud de tres metros lineales con noventa y seis centímetros (3,96 Ml); Este: Escalera de acceso común, con una longitud de quince metros lineales con catorce centímetros (15,14 Ml); y Oeste: Local Nº 1, con una longitud de quince metros lineales con catorce centímetros (15,14 Ml), según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03-02, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 05 de febrero de 2025. LOCAL Nº 3: constituido por un área de terreno y de construcción de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (85,34 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 6, su frente, con una longitud de cuatro metros lineales con cincuenta y cuatro centímetros (4,54 Ml); Sur: Edificio 3, Propiedad de Antonio Pineda, con una longitud de cuatro metros lineales con cincuenta y un centímetros (4,51 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de Valentín Traviezo, con una longitud de dieciocho metros lineales con ochenta y seis centímetros (18,86 Ml); y Oeste: Escalera de acceso común, con una longitud de dieciocho metros lineales con ochenta y seis centímetros (18,86 Ml), según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03-02, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 05 de febrero de 2025. Primer piso compuesta por dos (02) apartamentos, discriminados de la siguiente manera: APARTAMENTO Nº 1: con un área de construcción de CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS (117,81 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Vista a la avenida 6, con una longitud de siete metros lineales con cuarenta centímetros (7,40 Ml); Sur: Edificio 3 propiedad de Antonio Pineda, con una longitud de siete metros lineales con cuarenta centímetros (7,40 Ml); Este: Escalera de acceso común, su frente, con una longitud de quince metros lineales con noventa y dos centímetros (15,92 Ml), y Oeste: Casa y solar que es ó fue de Carmen Yecerra, con una longitud de quince metros lineales con noventa y dos centímetros (15,92 Ml), según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03-00-01-01, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 05 de febrero de 2025. APARTAMENTO Nº 2: con un área de construcción de NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (97,30 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Vista a la avenida 6, con una longitud de cuatro metros lineales con cuarenta y cinco centímetros (4,45 Ml); Sur: Edificio 3 propiedad de Antonio Pineda, con una longitud de siete metros lineales con noventa centímetros (6,90 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de Valentín Traviezo, con una longitud de veintitrés metros lineales con cincuenta y cinco centímetros (23,55 Ml), y Oeste: Escalera de acceso común, su frente, con una longitud de veintitrés metros lineales con cuarenta centímetros (23,40 Ml), según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03-00-01-02, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 05 de febrero de 2025. TERRAZA: con un área de construcción de DOSCIENTO CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (204,68 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 6, su frente, con una longitud de once metros lineales con setenta y cuatro centímetros (11,74 Ml); Sur: Edificio 3, Propiedad de Antonio Pineda, con una longitud de doce metros lineales con diecisiete centímetros (12,17 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de Valentín Traviezo, con una longitud de veinte metros lineales con veintisiete centímetros (20,27 Ml); y Oeste: Casa y solar que es ó fue de Carmen Yecerra, con una longitud de veinte metros lineales con veintitrés centímetros (20,23 Ml), según certificado de empadronamiento con código catastral 22-03-01-URB-104-25-03-00-02-01, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 17 de diciembre de 2024. Se le dio entrada a la solicitud en fecha ocho (08) de enero de 2026; y en fecha doce (12) de febrero de 2026, fueron oídas las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas MERIDA ITALIA GONZÁLEZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.580.567, domiciliada en la calle 11, con vereda #4, casa #10, urbanización Daniel Carias de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy y NORKIS ARELIS VELÁSQUEZ NALVACIA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-11.647.692, domiciliada en la calle 7, entre avenida 1 y 2, callejón La Sabana, sector Pueblo Nuevo de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promoviente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 895 y siguientes, en concordancia con el articulo 937 y siguientes, todos del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO DE MEJORAS a las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano ANTONIO JOSÉ PINEDA RODRÍGUEZ, venezolano, casado, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. V-7.553.768, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 001-2022, EMANADA, SALA DE LA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN FECHA 16 DE JUNIO DE 2022, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg. EGG/Spt/iriesmar.-
Sol: 5395-2026.