Vista la demanda de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por la ciudadana: ELSI MARGARITA RIVAS SOJO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.891.639; asistida por la Abogada ZENAIDA ZORAH ESPINOZA, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el número 247.272, contra el ciudadano JUAN JOSE GONZALEZ ESPINOZA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.911.462; domiciliado en la calle 05, sector Villa Bolivariana, Sabana de Parra, Jurisdicción del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy. Este Tribunal observa en la presente solicitud donde el mencionado ciudadano JUAN JOSE GONZALEZ ESPINOZA, ha llegado a un CONVENIMIENTO de mutuo acuerdo, en relación a la solicitud de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO y solicita la HOMOLOGACION del mismo
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