REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiuno (21) de julio 2026
216º Y 167º
EXPEDIENTE N° JSA-2021-000488.-

En virtud de la Decisión dictada por este Juzgado en fecha trece (13) del presente mes y año, mediante la cual declaró: “… oficiosamente la PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS POR ABANDONO …”; incoado por el ciudadano CARLOS RODRÍGUEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.277.957, respectivamente, asistido por el abogado en ejercicio FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 121.624, por consiguiente, este Tribunal Superior ordena practicar por Secretaría, el cómputo de los cinco (5) días de Despacho a que hace referencia el artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, correspondiente desde el día trece (13) de julio del año Dos mil veintiséis (2026), (Exclusive), fecha en la cual se publicó la decisión ut supra indicada (folios103 al 107) ambos inclusive, hasta el día veinte (20) de julio del año Dos mil veintiséis (2026), (inclusive). Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
Quien suscribe, ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ, Secretaria del Juzgado Superior Agrario del estado Yaracuy, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que los cinco (5) días de despacho, a que hace referencia el artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, transcurrieron desde el día trece (13) de julio del año Dos mil veintiséis (2026), (Exclusive), hasta el día veinte (20) de julio del año Dos mil veintiséis (2026), (Inclusive), a saber los días, martes, catorce (14), miércoles, quince (15), jueves, dieciséis (16), Viernes diecisiete (17) y lunes, veinte (20) de julio del año que discurre.
La Secretaria,

ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
Con vista al cómputo pormenorizado que antecede, transcurrido el lapso a que hace referencia el artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para que las partes ejercieran el Recurso a que hubiere lugar, contra la decisión proferida por este Juzgado en fecha, trece (13) del presente mes y año en curso; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario declara Definitivamente Firme la Sentencia; en ese sentido, se ordena su remisión en la oportunidad correspondiente al Archivo Judicial, previa anotación en los Libros correspondientes. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
EXPEDIENTE N° JSA-2021-000488.
CALO/KVH/iz.