REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, treinta (30) de julio de 2026
216º y 167º
EXPEDIENTE Nº JSA-2021-000494
En virtud de la Decisión dictada por este Juzgado en fecha veintiuno (21) de julio del año en curso; con motivo del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Defensor Publico Auxiliar Primero Agrario, abogado JHONATAN MORLES JUCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Numero V-13.796.897, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 256.696, actuando en su condición de representante judicial de los ciudadanos ANA MERCEDES CARRILLO LINAREZ, KEMBERLEY PASTORA SUÁREZ DE DÍAZ, JUAN CARLOS SUAREZ DÁVILA, MILADY RAMONA RANGEL, ROSA ELENA ESPINOZA OVIEDO, GERARDO ELISAUL CHÁVEZ PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Números V-7.577.412, V-14.798.774, V-15.482.323, V-10.779.455, V-12.852.123 y V-19.265.231 respectivamente; este Juzgado Superior a los fines de proveer lo conducente conforme a Derecho, acuerda practicar por Secretaría, el cómputo pormenorizado de los cinco (05) días de Despacho siguientes al proferimiento del referido fallo, correspondiente desde el día veintiuno (21) de julio de Dos Mil Veintiséis (2026), exclusive, fecha en la cual se publicó la referida decisión proferida por este Juzgado hasta el veintinueve (29) de julio de Dos Mil Veintiséis (2026), inclusive. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
Quien suscribe, ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ, Secretaria del Juzgado Superior Agrario del estado Yaracuy, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que desde el día veintiuno (21) de julio de Dos mil veintiséis (2026), exclusive, hasta el día veintinueve (29) de julio de dos mil veintiséis (2026) inclusive, transcurrieron cinco (05) días de despacho a que hace referencia el artículo 174 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, a saber los días: miércoles 22, jueves 23, lunes 27, martes 28 y miércoles 29 de julio del año que discurre.
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
Practicado como fue el cómputo por Secretaría se evidencia que desde el día el día (21) julio del año en curso hasta el día veintinueve (29) de julio del año que discurre, transcurrieron los cinco (05) días de Despacho para que la parte ejerciera el Recurso Ordinario de Apelación por lo que habiendo transcurrido íntegramente el lapso previsto en el artículo 174 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, sin que se interpusiera Recurso Ordinario de Apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha (21/07/2026), en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario declara Definitivamente Firme la Sentencia; en ese sentido, se ordena su remisión en la oportunidad correspondiente al Archivo Judicial, previa anotación en los Libros correspondientes. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
EXPEDIENTE N° JSA-2021-000494.
CALO/KVH/iz.