REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 15 de julio de 2026
Años: 216º y 167º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana PINTO MIRNA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 7.591.060, debidamente asistida por elabogadoMATERAN MARCHAN FRANCISCO JAVIER, inscrito en el Inpreabogado con el N° 319.063, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanasDOMINGUEZ PIÑAS MIGUEL ANGEL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 8.510.203, domiciliado en la calle 2 entre 7 y 8, casa N° 7-15, sector Zumuco II, municipio San Felipe, estado Yaracuy, yCHIRINOS MANUEL ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 7.554.054, domiciliado en la avenida 8 entre calles 2 y 3, sector Zumuco, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, dela ciudadanaPINTO DE VERASTEGUI REINA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº7.507.309, y quien residía enla calle 2 entre avenidas 7 y 8, casa S/N, Zumuco 2, municipio San Felipe, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponden a losciudadanos PINTO MIRNA COROMOTO, PINTO YNGRIS ANGELINA, PINTO NIXON JOSÉy PINTOSOLANGEL JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cedula de identidad N° 7.591.060, 8.519.998, 10.370.515 y 11.279.883, respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse ala solicitante, las presentes actuaciones que forman parte del expediente Nº 5.262-26(de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal) y déjense copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,
Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
El Secretario Temporal,
Abg. Luis F. Cruz R.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
El Secretario Temporal,
Abg. Luis F. Cruz R.