REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 09 de julio de 2026.
Años: 216º y 167º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: FELIPE RAMÓN PAREDES CAÑIZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.466.945, domiciliado en el Callejón Campo Elías, entre 12 y 13 Pozo Nuevo de Chivacoa, municipio Bruzual, estado Yaracuy y JUAN CARLOS RODRÍGUEZ AGUIAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.482.221, domiciliado en el Callejón Campo Elías entre 12 y 13 de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 895 y siguientes, en concordancia con el articulo 936 y siguientes, todos del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones de TÍTULO DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana NANCY JOSEFINA DELGADO DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.832.332, con correo electrónico nancyjosefinadelgado1@gmail.com, con número de teléfono 0412-5625157, en su condición de esposa del causante EGARDO RODRÍGUEZ, quien en vida fuera venezolano, titulaba la cédula de identidad Nº V-4.127.692, y falleció ab-intestato el día nueve (09) de octubre de 2025, según consta acta de defunción Nº 1357, folio 107, tomo 006, expedida por el Registro Civil y Electoral de la Unidad Hospitalaria de Registro Civil del municipio San Felipe del estado Yaracuy, en fecha veintisiete (27) de octubre del 2025.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 001-2022, EMANADA, SALA DE LA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN FECHA 16 DE JUNIO DE 2022, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
La Jueza Suplente,

Abg. María Milagros Salcedo Silva
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba