REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Ocho (08) de Junio de 2026
Años: 216° y 167°
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal a tenor de lo dispuesto en los artículos 69, 72 y 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE: Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
En cuanto, a las PRUEBAS DOCUMENTALES, referente a: ACTA CONSTITUTIVA ESTATUTARIA DE TOTAL PANDA. C.A, y EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 00145/2025, marcados con las letras “A” y “B”. Este Tribunal las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. (Folios 56 – 83 de la Pieza Única).
Con respecto a la PRUEBA TESTIMONIAL, de los ciudadanos: OSORIO DAZA YONATHAN ALEXANDER, CAMACHO CHINCHILLA MAXIMINA, MUÑOS ARIAS JOSE ALEJANDRO D´JESUS, y PEROZA LUGO RAINER XAVIER, portadores de las cédulas de identidad V-. 28.121.061, V- 15.838.169, V- 30.273.115, y V- 20.178.456 respectivamente., este tribunal la ADMITE, por lo que se fija la oportunidad de su evacuación en el día y hora de la audiencia de juicio.
En cuanto a la PRUEBA DE INFORME, este Tribunal la ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo efecto se ordena librar oficio a la siguientes Instituciones:
.- SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO DE VENEZUELA, (SUDEBAN), AREA DE GESTION DE REQUERIMIENTOS Y DENUNCIAS, Avenida Francisco de Miranda. Urbanización la Carlota. Edificio Sudeban. Municipio Sucre. Estado Miranda. Caracas – Venezuela, a los fines de:
Que informe al tribunal si la sociedad mercantil “TOTAL PANDA, C.A”. inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Zulia en fecha 16 de agosto de 2018, bajo el número 6, Tomo 46-A, RM1, mantiene cuenta nómina en alguna entidad financiera o bancaria; y en caso afirmativo, los datos concernientes a la entidad financiera o bancaria, número de cuenta nomina, relación de depósitos efectuados a sus trabajadores en el lapso comprendido entre el 08 de junio de 2023, al 10 de octubre de 2025; relación de pagos, en cualquier modalidad (pago móvil, o trasferencia bancaria), efectuados a la ciudadana ROSIRIS NILDET GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad V- 22.308.152, desde el día 08 de junio de 2023 al día 10 de octubre de 2025. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
.- SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ubicado en la Avenida Alberto Ravell, con Avenida las Fuentes. Teléfono de Oficina 0254-2315766. San Felipe. Estado Yaracuy, a los fines que informe al tribunal lo siguiente:
De los beneficios líquidos y enriquecimiento netos gravables conforme a la Ley de Impuesto Sobre la Renta, obtenido por la sociedad de comercio “TOTAL PANDA C.A”, cuyo RIF es J-41182742-8, inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Zulia en fecha 16 de agosto de 2018, bajo el número 6, Tomo 46-A, RM1, al final de los ejercicios económicos correspondientes a los años 2023, 2024, y 2025. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
.- INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, CON SEDE EN SAN FELIPE, ubicada en la Calle 15 esquina con Avenida 10. San Felipe. Estado Yaracuy, a los fines de que Informe al Tribunal:
Si cursa por ante ese organismo procedimiento de Reenganche y Restitución de derechos interpuesta en fecha 13 de octubre de 2025, por la ciudadana ROSIRIS NILDET GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad V- 22.308.152, en contra de la sociedad de comercio “TOTAL PANDA, C.A”, así como el número de expediente asignado, y si fue ordenado el reenganche;
Si la sociedad de comercio “TOTAL PANDA C.A”, acató o no la orden de reenganche y pago de salarios caídos dictada por ese organismo en fecha 15 de octubre de 2025 a favor de la ciudadana ROSIRIS NILDET GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad V- 22.308.152, expediente con la nomenclatura interna 057-2025-01-00145;
Si cursa por ese organismo procedimiento o solicitud de autorización de despido instaurado, por la sociedad de comercio “TOTAL PANDA, C.A”, , en contra de la ciudadana ROSIRIS NILDET GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad V- 22.308.152. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
PARTE DEMANDADA: Visto el escrito de pruebas presentado por la parte demandada este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
En cuanto a la PRUEBAS DOCUMENTALES, referentes a: RECIBO DE PAGO, PAGO DE BONO DE ALIMENTACION (CESTA TICKET), marcados con números y letra “01”, “02” y “1-A”. Este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. (Folios 85 - 86 de la Única Pieza).
En cuanto a la PRUEBA DE INFORME, este Tribunal la ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo efecto se ordena librar oficio a la siguiente Institución:
.- INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, CON SEDE EN SAN FELIPE, ubicada en la Calle 15 esquina con Avenida 10. San Felipe. Estado Yaracuy, a los fines de que:
Remita al Tribunal copia certificada del expediente Nº 057-2025-01-00145, correspondiente al expediente de solicitud de Reenganche y Pago de salarios caídos interpuesto por la ciudadana ROSIRIS NILDET GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad V- 22.308.152, en contra de la empresa TOTAL PANDA C.A.
Remita al Tribunal copia certificada del expediente Nº 057-2025-03-00231, correspondiente al expediente de solicitud de Reenganche y Pago de salarios caídos interpuesto por la ciudadana ROSIRIS NILDET GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad V- 22.308.152, en contra de la empresa TOTAL PANDA C.A.
La Juez provisorio,
Abg. CHRISTABEL ACOSTA
El Secretario,
Abg. JEAN CARLOS TERAN
CA/JCT/YA
Pieza Única
UP11-L-2025-000106.-