REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 11 de mayo de 2026
Años: 216º y 167º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana PEÑA MENDOZA JOEL NAZARET, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 19.954.162, debidamente asistido por el abogado YUSTI TOVAR GUSTAVO ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 138.696, y las declaraciones de los testigos presentados por las parte ciudadanos BONITO HERNÁNDEZ CARLOS EZEQUIEL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 26.474.245, domiciliado en calle Principal, asentamiento campesino, casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y GUTIÉRREZ ACOSTA WUIYANNIS, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 27.011.229, domiciliada en calle Principal, asentamiento campesino, casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano PEÑA MENDOZA JOEL NAZARET, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 19.954.162, sobre un área de terreno propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), que tiene una extensión de mil treinta y siete metros cuadrados con treinta y cuatro centímetros (1.037,34 MTRS2), y un área de construcción de ochenta y cinco metros cuadrados con veinticinco centímetros (85,25 MTRS2), ubicado en Higuerón, sector Asentamiento Campesino, calle Principal, municipio San Felipe, estado Yaracuy, unas bienhechurías con las siguientes características: una (1) casa de un solo nivel, unifamiliar, construida con techo de platabanda, piso de concreto con cerámicas, paredes de bloques de concreto, conformada por: tres (3) habitaciones, dos (2) baños, una (1) sala de recibo, una (1) cocina empotrada en cerámicas y madera, porche, un (1) tanque subterráneo de 8 mil litros, el inmueble posee instalaciones de aguas blancas y aguas negras, también cuenta con instalaciones electrificas, alinderado de la siguiente manera: Norte: casa que es o fue de José Luís Camacho; Sur: casa que es o fue de la Flia. Torrealba; Este: que es su frente calle Principal; y Oeste: casa que es o fue de la Flia. Galup. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.