DECISIÓN.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por el Abogado CRUZ MANUEL ANZOLA, Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la que dejo constancia de su inhibición en el asunto UP11-V-2025-000343, relacionado con el procedimiento de REVISIÓN DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, seguido la ciudadana OSCARIT ADRIANY PETIT GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 24.002.970, asistida por la abogada BELKIS SUSANA PUERTAS MOGOLLON, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 61.364, en contra del ciudadano ALDRIN JOHAN TORRES TORIN, venezola.....