DECLARA,
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la presunta parte agraviada de autos ciudadano JONATHAN JOSÉ PINEDA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.310.575 y con domicilio en la avenida principal Las Piedritas, parte alta del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ALBERTO ANTONIO FERNÁNDEZ PEÑA, Inpreabogado N° 238.702 contra la presunta parte agraviante de autos UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA – EXTENSIÓN NIRGUA Y DECANATO NUCLEO YARACUY, ubicadas en la avenida principal de la Zona Industrial Nirgua, al lado de Café el Viejito, del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy y en la avenida principal La Fuente, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy respectivamente.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL.....