DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO 185-A, incoada por el ciudadano ROMERO RIOS YONIS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 17.700.967, domiciliado en urbanización Las Casitas, calle 3, casa N° 11, municipio Independencia, estado Yaracuy, y la ciudadana GONZÁLEZ YASMINA CAROLINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 17.698.274, domiciliada en El paseo Las Moras KM3_L4 147, urbanización El Ermitaño Independencia, Lima, Perú, ambos representados por su apoderada judicial abogada HERNÁNDEZ ALVARADO SUHAIL ANAYANTZI, inscrita en el Inpreabogado con el N° 81.067; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos ROMERO RIOS YONIS ALBERTO y GONZÁLEZ YASMINA CAROLINA, ya identificados, en fecha veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2021), por ante el Registro Civil del Municipio Independencia del EstadoYaracuy, tal como se evid.....