Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185, presentada por la ciudadana ELSA MARÍA PÉREZ DE ESCOBAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-16.385.276, contra el PABLO JOSÉ ESCOBAR OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.728.741, solicitando ante este Tribunal se le decrete la disolución del vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha catorce (14) de noviembre de 2014, por ante el Registro civil de del municipio Peña del estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 190,Tomo I, folio 190, que corre inserta en el Libro de la Prefectura Civil de matrimonios llevados por esa oficina para el año 2014.
De conformidad con lo establecido en el.....