PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada recurrente contra la decisión de fecha 13 de Octubre de 2025, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en el asunto Nº UP11-L-2017-000153. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE REVOCA la recurrida decisión de fecha 13 de Octubre de 2025, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en el asunto Nº UP11-L-2017-000153, en los términos que indique el texto integro del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión. ASÍ SE DECIDE.-