ECISIÓN.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por el Abg. CRUZ MANUEL ANZOLA, Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la que dejo constancia de su inhibición en el asunto UP11-V-2023-000067, relacionado con el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, seguido la ciudadana MARCELIS DAILETH OSORIO GUTIERREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 25.140.692, actuando en su carácter de madre del niño (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),contra el ciudadano SEGUNDO RAFAEL MADRIZ PINE.....