Con fundamento en lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Que en virtud de la oposición que fue formulada contra la petición de declaratoria de evacuación de titulo supletorio de que trata esta solicitud, se declara el sobreseimiento de la causa quedando las personas que intervinieron en esta causa, en libertad de proponer las demandas que consideren pertinentes ante las instancias correspondientes.
Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese, regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, según resolución 001-2022, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, de fecha 16 de junio de 2022 y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tr.....