Por las razones expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoado por la ciudadanaSUSANA NATALY LOPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad Nro.V-19.974.309, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio Jesús Elías Rivas Aparicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 301.300, contra el ciudadano JESUS ASDRUBAL PARRA, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-7.914.480.En consecuencia:
PRIMERO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO entre los.....