PRIMERO: Toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada el abogado ANDRÉS JOSÉ OCHOA OJEDA, ya identificado, quien manifiesta, apegado a los principios del derecho procesal laboral de mediación y conciliación, conviene en pagar al ex trabajador por el tiempo de servicio prestado, incluyendo todos sus derechos laborales, los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones, bono vacacional y utilidades fraccionadas, la cantidad de CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 168.470,40), realizado a la cuenta bancaria del demandante al Banco Mercantil, el día de hoy 22-07-2026, con la siguiente referencia 006761153164. SEGUNDO: Toma la palabra la abogada de la parte actora NORELIDA DEL CARMEN GIMÉNEZ VILLA, ya identificada, quien expone: Acepto el monto convenido y conforme se recibe en este acto en la cuenta bancaria del actor a través de pago móvil la cantidad de CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA BOLÍVARES CON CUARENTA CÉN.....