este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
IV
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185 (incompatibilidad de caracteres y desafecto), presentado por la ciudadana TRINIDAD MARGARITA MARTÍNEZ DE CHINA, titular de la cédula de identidad N° V- 5.579.565, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio ALONSO IGNACIO GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado N° 283.586, quien solicitó que se le decretara la disolución del vínculo matrimonial contraído en fecha Veintitrés (23) de Junio del año Mil Novecientos Ochenta y Dos (1.982), con el ciudadano LORENZO ANTONIO CHINA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.903.463