Por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del de cujus RAFAEL ALBERTO GIMENEZ VASQUEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 4.474.819, quien falleció en fecha 8 de mayo de 2024, a la hoy joven adulta (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, nacida el día 08 de agosto de 2006, titular de la cedula de identidad Nº 31.930.089, en su condición de hija, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Códi.....