-II-
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley CORRIGE DE OFICIO en su antepenúltimo párrafo la parte motiva de la sentencia Número 1005, dictado por este Juzgado el veintisiete (27) de julio de los corrientes, en el entendido que en lo sucesivo deberá leerse como se indica a continuación: "(...) En atención a lo anterior, este Juzgado Superior Agrario concluye que el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial, con sede en Chivacoa, al emitir su decisión el diecinueve (19) de diciembre de 2025 y declarara con lugar la acción reivindicatoria y las posteriores actuaciones (...)".
Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia y Regístrese. Téngase la presente sentencia como parte integrante de la decis.....