este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA EL ACUERDO AL CUAL LLEGARON LAS PARTES, EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, en consecuencia, el ciudadano PEDRO JESUS GONZALEZ HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-19.817.791, domiciliado en España, ejercerá de manera unilateral la patria potestad de su hijo, el adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, venezolano, nacido el día 13/01/2012, de 14 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 34.052.382, sin que se entienda que la madre este renunciando a la institución familiar, pudiendo el.....