ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a aportar la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES correspondientes al mes de enero del presente año en el transcurso de esta semana y si obtiene un empleo a partir del presente mes, depositará en la cuenta corriente N° 0007-0173-40-0000000397, a nombre de la madre de sus hijos la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES MENSUALES e igualmente aportará el 50% de las cuotas de asistencia médica, medicinas, útiles y uniformes escolares en el mes de septiembre y estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre. Dicha cantidad corresponde al 52% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 967,50), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingreso.....