ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los ciudadanos ISMAEL HILARIO PERAZA VARGAS y JEAN CARLOS VELIZ, plenamente identificado al comienzo del presente fallo, a cumplir la pena de Prisión por el tiempo de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISION, y sus penas accesorias, como autor responsable del delito de por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 452, ord 8 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la EMPRESA INVERCECA (VERTICAL CEREALETO C.A., por lo que dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal La fecha de cumplimiento de la totalidad de la pena será impuesta por el Tribunal de Ejecución que le corresponda . Y por cuanto a los objetos incautados se encuentran en deposito en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas de la Subdelegación San Felipe, se ordena la destrucción de: dos llaves para uso mecánico 7/8 .....