DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la presente solicitud de MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRARIA, presentado por la parte interesada de la misma, el ciudadano DANIEL ALEJANDRO RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-12.078.866, de este domicilio, asistido en este acto por el abogado ALEJANDRO JOSÉ RODRÍGUEZ PAGAZANI, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 19.333.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: La presente decisión es dictada dentro del término legal establecido para .....