declara competente para conocer de la presente causa al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, quien deberá seguir conociendo de la misma.
Remítase en su oportunidad el expediente al tribunal de origen.
Remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Sala N° 2.