Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por el ciudadano ENRIQUE JOSE SEGOVIA SANCHEZ, ya identificado, debidamente asistido de abogada, contra su cónyuge, ciudadana ANGIE LISBETH PARRA MORENO, anteriormente identificada, se DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, el día Veintitrés (23) de Diciembre del 2006, por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Pampanito, Estado Trujillo, según comprobación que se hizo con la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el